Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 099-2022-CD/OSIPTEL.
Norma que establece las disposiciones que obligatoriamente deberán aplicar las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones y el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) para la atención de los reclamos de usuarios. Asimismo, establece los alcances, obligaciones y otras actividades relacionadas con el Sistema de Gestión de Usuarios, que es el sistema informático mediante el cual el usuario puede registrar directamente o con el apoyo del personal de orientación del OSIPTEL sus problemas respecto de sus servicios públicos de telecomunicaciones.
En tal sentido, contempla las disposiciones aplicables a:
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Dirección
Lt. Dpto. 13 A.H. Upis
(Upis Mz R Lt 13 A.H. El Carmen)
EL Carmen – Chincha – Ica
Horario de Atención
Lunes a Viernes:
8:00 am – 4:00 pm
Sábado;
8:00 am – 1:00 pm